GOBIERNO DECLARA ESTADO DE EMERGENCIA EN 707 DISTRITOS DE 17 DEPARTAMENTOS POR PELIGRO INMINENTE ANTE DÉFICIT HÍDRICO
LIMA — Por: Juan Cárdenas
EL DECRETO SUPREMO N° 140-2026-PCM RIGE POR 60 DÍAS CALENDARIO Y COMPRENDE A AREQUIPA, PUNO, CUSCO Y APURÍMAC, ENTRE OTROS.- El Poder Ejecutivo declaró el Estado de Emergencia en 707 distritos de algunas provincias de 17 departamentos del país, por peligro inminente ante déficit hídrico durante el período de lluvias 2026-2027. La medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo N° 140-2026-PCM, publicado hoy en la separata de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
La norma fue firmada el 9 de octubre en la Casa de Gobierno por la presidenta de la República, Keiko Sofía Fujimori Higuchi, y refrendada por el presidente del Consejo de Ministros, Luis Fernando Galarreta Velarde, junto a los titulares de Salud, Educación, Desarrollo Agrario y Riego, Vivienda, Producción, Desarrollo e Inclusión Social, Interior y Defensa.
DEPARTAMENTOS COMPRENDIDOS
El estado de emergencia alcanza a distritos de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali. El detalle de los distritos figura en el Anexo del decreto.
SUSTENTO TÉCNICO
De acuerdo con el decreto, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) determinó, con base en informes del CENEPRED, el SENAMHI, la Autoridad Nacional del Agua (ANA) y la Comisión Multisectorial ENFEN, que estas zonas están expuestas a muy alto riesgo ante el déficit hídrico, lo que podría afectar a la población, la agricultura y la ganadería.
El Informe Situacional del INDECI señala que la disminución progresiva de caudales, la reducción sostenida de los volúmenes almacenados en embalses y el desarrollo de El Niño en el Pacífico ecuatorial central indican una alta probabilidad de déficit hídrico en el país para el período de lluvias 2026-2027. Además, indica que se configura una emergencia de nivel 4 y que la capacidad de respuesta de los gobiernos regionales involucrados ha sido sobrepasada, por lo que se requiere la intervención técnica y operativa del Gobierno Nacional.
ACCIONES A EJECUTAR
Los gobiernos regionales y locales comprendidos ejecutarán medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del muy alto riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación. Lo harán con la coordinación técnica y el seguimiento del INDECI, y con la participación de los ministerios de Salud, Educación, Desarrollo Agrario y Riego, Vivienda, Producción, Desarrollo e Inclusión Social, Interior y Defensa, además de otras instituciones públicas y privadas.
El decreto precisa que estas acciones deben guardar nexo directo de causalidad con el evento, pueden modificarse según las necesidades que surjan durante su ejecución y deben estar sustentadas en estudios técnicos de las entidades competentes.
FINANCIAMIENTO
La implementación se financiará con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
AREQUIPA, ENTRE LOS DEPARTAMENTOS INCLUIDOS
En Arequipa, la declaratoria alcanza a distritos de las provincias de Arequipa, Castilla, Caylloma, Condesuyos y La Unión. Entre ellos figuran Cerro Colorado, Paucarpata, Yura, Chivay, Cabanaconde, Orcopampa y Cotahuasi.
INDECI, a su vez, deberá coordinar y dar seguimiento a las acciones adoptadas y remitir a la Presidencia del Consejo de Ministros el informe de resultados durante la vigencia del estado de emergencia.