LEY MAPE PROPONE DAR DOS AÑOS MÁS DE TRANSICIÓN A MINEROS DEL REINFO Y CREAR NUEVO ORGANISMO ESTATAL
NACIONALES — Por: Juan Cárdenas
El proyecto de Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (Ley MAPE) plantea un nuevo esquema para formalizar las actividades mineras de pequeña escala en el Perú. Entre sus principales medidas figura un Régimen de Consolidación temporal que se extendería del 1 de enero de 2027 al 31 de diciembre de 2028, además de la creación de un organismo especializado adscrito al Ministerio de Energía y Minas (MINEM).
Según la propuesta difundida por Rumbo Minero, este régimen estaría dirigido exclusivamente a quienes mantengan inscripción en el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO) al 31 de diciembre de 2026 y cumplan las condiciones establecidas. La iniciativa plantea que puedan operar temporalmente en las coordenadas declaradas, bajo los requisitos previstos en el proyecto.
El texto también contempla un Régimen Ordinario permanente, con exigencias de autorización sectorial, certificación ambiental, trazabilidad y fiscalización, así como la creación del Organismo Nacional para el Fortalecimiento de la Minería Artesanal y Pequeña Minería (FORMAPE), encargado de ejecutar programas, conducir los regímenes de formalización y gestionar autorizaciones.
En materia ambiental, se propone fortalecer la identificación del origen y recorrido de los minerales, promover tecnologías limpias y reducir progresivamente el uso del mercurio. También se establecen disposiciones sobre contratos de explotación y responsabilidades por incumplimientos ambientales y de seguridad ocupacional.
Sin embargo, el principal desafío será garantizar que el periodo de consolidación no se convierta en una nueva prolongación de la informalidad. Para ello, será indispensable contar con fiscalización efectiva, presupuesto suficiente y mecanismos que permitan verificar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los operadores.
La creación de una nueva entidad tampoco garantiza por sí misma mejores resultados. El Estado deberá demostrar que puede controlar las operaciones, impedir que minerales de origen ilegal ingresen a los circuitos formales y sancionar los incumplimientos debidamente acreditados.
La propuesta todavía debe distinguirse de una norma aprobada: sus plazos y disposiciones están sujetos al proceso legislativo correspondiente. La pregunta de fondo es si esta reforma permitirá formalizar realmente la actividad minera y proteger el ambiente o si los resultados dependerán, una vez más, de la capacidad del Estado para hacer cumplir la ley.