OSIPTEL REVOCA RESOLUCIÓN DE BITEL TRAS CONFIRMAR CORTE INJUSTIFICADO
Órgano Emisor: Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (TRASU) – OSIPTEL TRIBUNAL ORDENA REACTIVACIÓN INMEDIATA Y PROHÍBE COBROS INDEBIDOS Materia: Falta de servicio / Baja...
Órgano Emisor: Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (TRASU) – OSIPTEL
TRIBUNAL ORDENA REACTIVACIÓN INMEDIATA Y PROHÍBE COBROS INDEBIDOS
Materia: Falta de servicio / Baja injustificada
LIMA / AREQUIPA, Perú — El Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (TRASU) del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) emitió una resolución favorable para los derechos de los consumidores al declarar FUNDADO el recurso de apelación presentado contra la empresa operadora Bitel del Perú.
La resolución confirma que Bitel incurrió en una práctica arbitraria al efectuar la baja injustificada del servicio telefónico de un abonado, vulnerando la normativa regulatoria vigente y el contrato de prestación de servicios.
Reactivación Obligatoria del Servicio: Se ordena a Bitel coordinar y reactivar inmediatamente el servicio del número 930***436 bajo las mismas condiciones y beneficios con los que contaba el usuario. En caso de que el número ya no esté disponible, deberá otorgar una nueva línea con idénticas promociones y condiciones contractuales.
Prohibición Transparente de Sanciones o Cobros: La operadora queda estrictamente prohibida de imponer penalidades, cobros por reconexión o montos similares derivados de la baja injustificada provocada por la propia empresa.
Un antecedente clave frente a los abusos operacionales
Este caso pone en evidencia la persistencia de malas prácticas operativas dentro del sector de telecomunicaciones por parte de Bitel, donde se aplican suspensiones y bajas administrativas sin el debido sustento técnico ni legal, afectando directamente la conectividad de los ciudadanos.
Este fallo del organismo regulador marca un precedente institucional en la defensa de los derechos de los usuarios y recalca la obligación de las empresas de telecomunicaciones de sujetarse estrictamente al marco legal y respetuoso de la atención al consumidor en el Perú.
Según usuario manifestó “que no nos debemos amedrentar por gigantes empresas y que la vía judicial esta libre por daños compensatorios”
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